KIT DIGITAL: Ayudas económicas en transformación digital
POR TBS
La falta de digitalización en pequeñas y medianas empresas supuso una enorme desventaja frente a otros negocios desde la aparición de la pandemia, algo que debemos trabajar para igualarnos a la media europea.
Pero la digitalización no solo pasa por estar presentes en internet, también en otros aspectos como la gestión documental automatizada.
Pero hoy queremos hablar del Kit Digital para pymes y autónomos, un plan que ha puesto en marcha el gobierno para fomentar la digitalización de pequeñas y medianas empresas. Una inversión de más de 3 000 millones de euros que estará disponible hasta 2023.
¿QUÉ ES EL KIT DIGITAL PARA AUTÓNOMOS Y PYMES?
Este programa forma parte de las ayudas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se puso en marcha tras el inicio de la pandemia. Cuenta con el respaldo de la Unión Europea, que financia parte del importe final gracias a los fondos Next Generation UE establecidos para ello.
El Kit Digital tiene como objetivo principal el de impulsar la digitalización de más de un millón de pymes y autónomos en todo nuestro país. Con esto, se busca desarrollar el máximo potencial de estas pequeñas marcas, permitiendo que accedan a nuevos mercados y expandan su negocio.
Existen varias áreas en las que se podrán invertir estas ayudas, así como rangos diferenciados según las características de las empresas.
¿QUÉ EMPRESAS PUEDEN ACCEDER AL KIT DIGITAL?
Pyme o trabajador autónomo con domicilio fiscal en España.
Según categoría de la empresa o número de empleados, habrá diferentes cuantías disponibles.
La primera convocatoria de ayudas se establece para pymes de entre 10 y 49 trabajadores, con un total de 500 millones de euros.
El bono Kit Digital asciende hasta 1200 euros, siempre que se demuestre que no existe un alto grado de digitalización.
Para empresas más pequeñas, como pymes de entre 3 y 9 empleados, el importe será de 6000 euros.
En el caso de autónomos o microempresas de 2 trabajadores, se contará con 2000€ de apoyo.
El objetivo inicial para estos autónomos y pymes de menor tamaño es que puedan ser capaces de adquirir servicios que mejoren la ciberseguridad de su entorno, así como poder desarrollar una página web adaptada a los tiempos que corren.
Para poder acceder a estas ayudas a la digitalización, las empresas deberán inscribirse en el portal Acelera Pyme, y a partir de febrero de 2022 podrán contratar los diferentes servicios.
REQUISITOS PARA BENEFICIARSE DEL KIT DIGITAL
Para poder hacer uso del Kit Digital y mejorar nuestra digitalización, pymes y autónomos tendrán que cumplir algunos requisitos concretos:
- Ser considerado de manera legal como una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral. Este censo debe reflejar la actividad económica que se desarrolla a la fecha en la que se solicita la ayuda, además de contar con la antigüedad mínima que se establezca en las diferentes convocatorias.
- Estas ayudas no son compatibles con las pymes que tienen la consideración de empresa en crisis.
- Se debe estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- La compañía no puede estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible que se podrá realizar a través de la plataforma Acelera Pymes.
Si cumples con estos requisitos, tan solo tendrás que apuntar a tu pyme (o a ti como autónomo) a la convocatoria correspondiente del Kit Digital. Un simple formulario a través de la plataforma debe incluir NIF del solicitante, nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica, domicilio fiscal y, en su caso, autorización del representante voluntario.
Contacta con nosotros para saber más, te asesoraremos en todo lo que necesites.